BASES LEGALES: "BECA AL TALENTO JUVENIL SPAR GRAN CANARIA 2024" | SPAR Gran Canaria

BASES LEGALES: “BECA AL TALENTO JUVENIL SPAR GRAN CANARIA 2024”

1. Presentación.

Tras más de 35 años de historia, SPAR Gran Canaria es un referente empresarial de primer orden en la economía de nuestra isla. Es una empresa de capital 100% Canario participada por empresarios canarios de reconocida solvencia profesional que apuestan por potenciar la economía, los valores, la cultura y el deporte en Canarias, a través de diferentes programas de apoyo al sector primario y patrocinios claves.

La responsabilidad de SPAR Gran Canaria se traduce en su compromiso por generar riqueza en la isla, contribuyendo a cuidar la cultura y las tradiciones, innovando en proyectos sociales y revirtiendo en la sociedad canaria parte del beneficio obtenido.

SPAR Gran Canaria atiende a la sociedad canaria con la misma humildad, dedicación y cercanía desde el primer día. En esta línea de actuación y siendo coherentes con su filosofía de impulsar la cultura y el deporte, en el año 2019, crea el proyecto Beca al Talento Juvenil, que otorga un apoyo económico que reconoce el desarrollo de jóvenes talentos en Gran Canaria.

2. Objeto.

SPAR Gran Canaria convoca la Beca al Talento Juvenil 2024 con la finalidad de procurar apoyo económico a aquellos jóvenes grancanarios que, habiendo demostrado talento y capacidades en diferentes disciplinas artísticas y deportivas, requieran de recursos económicos adicionales para afrontar sus necesidades de formación, capacitación y/o desplazamiento fuera del ámbito insular para la asistencia y/o participación en estudios, encuentros y/o competiciones de carácter local, regional, nacional o internacional.

Las disciplinas que cubre la Beca al Talento Juvenil son las siguientes:

  • Talento deportivo: comprende todas las disciplinas deportivas, incluyendo los deportes autóctonos debidamente reconocidos.
  • Talento cultural: pintura, escultura, literatura, música, danza, teatro, fotografía, arte secuencial (historieta, cómic, viñetas), gastronomía.

3. Plazos de aplicación.

La convocatoria estará vigente desde el 28 de febrero hasta el 28 de marzo de 2024, ambos días inclusive.  Durante este plazo se recibirán las solicitudes y sus anexos.

La beca será de aplicación efectiva durante el año 2024.

4. Dotación económica.

La beca tendrá una dotación de hasta 3.000€ en cuantía única, para una sola candidatura que podrá estar constituida tanto por una sola persona como por un grupo/equipo de personas involucradas en el mismo proyecto objeto de la beca y en una misma convocatoria.

La beca estará sujeta a las retenciones y los impuestos que estipule la legislación vigente, los cuales no serán detraídos de la correspondiente dotación económica.

El abono de la beca se efectuará por transferencia bancaria, en los 10 días naturales tras la presentación de factura nominativa emitida a CENCOSU, S.L. o en su defecto de la relación de gastos estimados y razonables, que habrá de acompañarse de certificado bancario de la cuenta destino.

5. ¿A quién está dirigida la Beca al Talento Juvenil SPAR Gran Canaria?

Podrán optar a la beca los jóvenes entre 9 y 16 años que habrán de estar cumplidos en el momento de la publicación de la presente convocatoria, con residencia en la isla de Gran Canaria, que cumplan los requisitos contenidos en las presentes Bases del proyecto Beca al Talento Juvenil SPAR Gran Canaria.

6. Documentación requerida.

6.1. Datos personales.

  1. 6.1.1. La candidatura deberá presentarse utilizando la Guía de contenidos para redacción de la solicitud (Anexo I) debidamente cumplimentada por el padre y la madre, tutores o personas encargadas de la guarda, custodia y protección del beneficiario para candidaturas individuales o por el representante legal del club/equipo/asociación para candidaturas de grupos.
  2. 6.1.2. Copia del DNI del beneficiario/s de la beca.
  3. 6.1.3. Copia del DNI de los padres y las madres, tutores o personas encargadas de la guarda, custodia y protección del beneficiario/s para candidaturas individuales y CIF del club/equipo/asociación relativo al último ejercicio, para candidaturas de equipos.
  4. 6.1.4. Certificado de residencia del beneficiario/s de la beca.
  5. 6.1.5. Certificado de la Renta del último año del padre y la madre, tutores o personas encargadas de la guarda, custodia y protección del beneficiario para candidaturas individuales o balance económico del club/equipo/asociación relativo al último ejercicio, para candidaturas de grupos o declaración responsable de la presidencia/gerencia del equipo que explique los motivos de presentación de la candidatura.

6.2. Trayectoria del solicitante. Currículum artístico/deportivo detallado, en el que se recojan:

  1. 6.2.1. Nombre y apellidos del beneficiario/s que optan a la candidatura.
  2. 6.2.2. Fecha de nacimiento de todos los candidatos.
  3. 6.2.3. Trayectoria artística y/o deportiva de la candidatura presentada cronológicamente, acompañada de todos los certificados, diplomas, palmareses y documentos que demuestren los méritos, aptitudes, competencias y capacidades presentadas como atributos que hacen al candidato merecedor de la presente beca.

6.3. Argumentación de la solicitud, formalizada en una carta que deberá explicar:

  1. 6.3.1. Título de la candidatura. Frase breve que de manera esquemática exprese el objetivo del proyecto.
  2. 6.3.2. Finalidad/proyecto. Exposición del proyecto al que se destinará la beca, detallando qué, cómo, cuándo, dónde y por qué se desea abordar dicho proyecto, detallando sus objetivos a medio y largo plazo.
  3. 6.3.3. Impacto vital de la beca. Explicación breve del impacto y consecuencias positivas que la concesión de la beca tendría para la candidatura en caso de resultar beneficiaria.

6.4. Justificación económica.

  1. 6.4.1. Relación desglosada de los conceptos de gastos destino de la beca y sus facturas, especificando sus motivos, importes, fechas de abono previstas y empresas emisoras.
  2. 6.4.2. Si no fuere posible acompañarlo de la factura, podría considerarse la presentación de los presupuestos justificativos de dichas partidas, en caso de contar con ellos y siempre que estén todos a nombre de:

CENCOSU, S.L.

Calle Josefina Mayor, 3.

Urb. Industrial El Goro

35219. Telde.

Gran Canaria

CIF B35105055

6.5. Referencias.

En caso de contar con referencias procedentes de una personalidad o entidad reconocida, relacionada con el expediente/trayectoria/palmareses aportados y con la actividad que origina la solicitud de la Beca, deberán adjuntarse a la presentación de la candidatura para su valoración.

6.6. Protección de Datos y Documento de Cesión de derechos de uso de imagen (Anexo II) debidamente cumplimentado y firmado por el padre y madre, tutores o personas encargadas de la guarda, custodia y protección del beneficiario para candidaturas individuales o del representante legal del club/equipo/asociación, para candidaturas de grupos.

Las solicitudes que no se acompañen de la documentación requerida o que no cumplan los requisitos formales establecidos, quedarán excluidas de la presente convocatoria.

Los datos facilitados por el solicitante tienen carácter confidencial.

La presentación de la solicitud de la Beca al Talento Juvenil SPAR Gran Canaria supone por parte del candidato, la aceptación de las bases de esta convocatoria, así como de las normas que CENCOSU S.L. SPAR Gran Canaria considere aplicables para el buen fin del seguimiento del becado. En el supuesto incumplimiento de estas, la beca quedará automáticamente cancelada, perdiéndose el derecho a su disfrute.

Los participantes podrán, previo consentimiento expreso, autorizar la utilización de su nombre e imagen para incluirlos en los canales de comunicación internos y externos de CENCOSU S.L. SPAR Gran Canaria, incluyendo las memorias periódicas de actividad y cualquier otro documento corporativo.

El ganador o ganadores se comprometen a conceder al menos una entrevista vía telefónica o personal, y si han prestado su consentimiento expreso, a la toma de imágenes y a la grabación de un vídeo para fines promocionales de la beca al talento juvenil SPAR Gran Canaria, que podrá ser difundido interna y externamente.

La cesión de la imagen y la entrevista no será de obligatoria ejecución por parte de CENCOSU S.L. SPAR Gran Canaria, estando sujeto a los planes de difusión del programa anual de la empresa.

7. Comisión de Valoración.

La Comisión de Valoración (en adelante Comisión) es el ente designado por CENCOSU S.L. SPAR Gran Canaria, encargado de realizar la evaluación de las candidaturas y decidir la asignación de la Beca al Talento Juvenil.

La Comisión decidirá la candidatura ganadora atendiendo a los criterios de mérito, capacidad y circunstancias de los solicitantes, demostradas fehacientemente mediante la documentación aportada.

8. Proceso de selección, plazos y medios.

Las personas interesadas y que deseen solicitar la beca, podrán informarse, descargar la convocatoria y presentar su candidatura, descargando las Bases, la Guía de contenidos para redacción de la solicitud y las declaraciones de cesión de derechos y de protección de datos disponibles en: https://spargrancanaria.es/bases-legales-beca-talento-spar-gran-canaria/ y enviando por correo electrónico toda la documentación requerida.

  • El proceso de selección se inicia con la presentación de toda la documentación que ha sido enviada y recibida correctamente al correo electrónico: rsc@spargc.es indicando en el Asunto: “BECA SPAR 2024”. Si los archivos son superiores a 20 megabytes (MB), deberán enviarse en varios envíos debidamente identificados con el nombre del candidato o de la candidatura. Para confirmar que su correo electrónico fue recibido, se enviará un correo electrónico a la candidatura, confirmando la recepción sin que ello implique aceptación de la candidatura.
  • No se aceptarán candidaturas presentadas por otro medio distinto al correo electrónico.
  • El plazo para la presentación de las candidaturas será desde el 28 de febrero hasta el 28 de marzo de 2024 a las 23:59 hrs.
  • Solo la candidatura ganadora, deberá consignar en forma física, dentro de los diez (10) días naturales siguientes a la comunicación del veredicto, todos los documentos requeridos y presentados previamente en formato digital.
  • La Comisión de Valoración podrá requerir a los solicitantes información complementaria, si resulta imprescindible para resolver la solicitud, que deberá ser aportada por el representante del candidato o candidatura a la cual se le pidió, en el plazo de cinco (5) días hábiles contados desde la fecha del requerimiento.
  • Otorgada la beca, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes se suscribirá un documento de aceptación de esta, comprometiéndose el ganador/a con ello al cumplimento de las obligaciones establecidas en la presente convocatoria y el documento de solicitud.
  • Si por cualquier motivo, la beca no pudiera materializarse o no fuera aceptada oportunamente por la candidatura ganadora, el Comité de Valoración podrá decidir declararlo desierto o concederlo a la candidatura siguiente de mayor puntuación en la lista de solicitantes para que pueda beneficiarse de la beca.  Si procediere este apartado, se hará constar por escrito oportunamente.

  • El veredicto se dará a conocer a través: comunicación electrónica al correo de la candidatura ganadora, así como de los canales internos y externos de la compañía previo consentimiento para publicarlo en web, redes sociales, etc.
  • En ningún caso, los documentos consignados para la postulación a la Beca al Talento Juvenil SPAR Gran Canaria serán devueltos, salvo que el solicitante ejercite sus derechos de Acceso, Rectificación, Supresión, Oposición, Limitación del Tratamiento, Portabilidad, o revoque su consentimiento, de conformidad al Reglamento Europeo de Protección de Datos, conforme le indicamos en nuestro Anexo III.
  • No podrán postularse aquellas personas que a título personal o de forma colectiva hayan sido ganadoras en años anteriores de una Beca al Talento Juvenil SPAR Gran Canaria.
  • La persona beneficiaria del programa de Beca al Talento Juvenil de SPAR Gran Canaria deberá, asimismo, una vez concluido el período de disfrute de la beca, justificar la utilización de los recursos concedidos mediante la aportación del diploma o equivalencia del año cursado, o bien el expediente de notas del curso desarrollado gracias a la beca, o facturas del transporte sufragado o cualquier documento probatorio de la correcta aplicación de los fondos percibidos, en el caso de que no se obtenga el título académico de manera inmediata.
  • 9. Difusión.

    La convocatoria del proyecto Beca al Talento Juvenil de SPAR Gran Canaria, se publicará en los canales internos y externos de SPAR Gran Canaria, incluyendo web, redes sociales y demás medios online y offline, en asociaciones y aquellas vías que se consideren oportunas o convenientes.

    10. Medios de comunicación.

    Todas las comunicaciones y el envío de información a las candidaturas se realizarán por medios electrónicos y a través de la dirección de correo electrónico: rsc@spargc.es.

    11. Régimen impositivo.

    La entrega del aporte económico a la candidatura ganadora podrá hacerse mediante el pago directo del servicio o producto al proveedor seleccionado para tal fin, previa presentación de factura, la cual coincidirá cuando fuere razonablemente posible, con el desglose de gastos previamente presentado durante el proceso de selección de la candidatura.

    Será absoluta responsabilidad del representante de la candidatura ganadora, gestionar toda la documentación necesaria para que CENCOSU S.L. (SPAR Gran Canaria) pueda realizar los pagos oportunamente.

    12. Protección de datos.

    SPAR Gran Canaria establecerá todos los mecanismos legales para salvaguardar la privacidad de la documentación presentada en la solicitud de Beca al Talento Juvenil SPAR Gran Canaria. Todos los datos de carácter personal que el usuario proporcione formarán parte del Registro de Actividad de Tratamiento del que CENCOSU S.L. SPAR Gran Canaria es la responsable de Tratamiento.

    La persona joven beneficiaria o su representante, al presentar sus datos se compromete a que los mismos sean fidedignos, correctos y actuales. La solicitud podrá ser rechazada si se detectase cualquier dato falso o engañoso facilitado por el usuario o que no cumplan los requisitos, procediéndose a su eliminación sin necesidad de previo aviso.

    El tratamiento de los datos de carácter personal de las personas usuarias realizado por CENCOSU S.L. SPAR Gran Canaria, así como el envío de comunicaciones comerciales  PREVIAMENTE ACEPTADAS POR USTED y realizadas por medios electrónicos son acordes, respectivamente, con la normativa general vigente: Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de Protección de Datos Personales, la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico.

    13. Disposición final.

    CENCOSU S.L. SPAR Gran Canaria podrá exigir la devolución de la beca si no se emplea para el desarrollo del proyecto para el cual fue destinada originalmente.