CUMPLIMIENTO NORMATIVO Y CANAL ÉTICO DE GRUPO CENCOSU | SPAR Gran Canaria

CUMPLIMIENTO NORMATIVO Y CANAL ÉTICO DE GRUPO CENCOSU

GRUPO CENCOSU (CENCOSU, CENVESU Y CENSERVI) está firmemente comprometido con el cumplimiento normativo y cuenta con una sólida cultura ética formalizada en su Código de Conducta y Sistema de Supervisión y Control del Cumplimiento Normativo (SSCN) dirigido a la mejora de la cultura ética y el buen gobierno de la organización, así como a la prevención y reprobación de aquellas conductas anómalas que no se ajusten a los Valores, Principios y Normas de Conducta de GRUPO CENCOSU. 

Los objetivos del SSCN son:

  • Establecer las bases para ejercer el control debido sobre sus actividades, cumpliendo de ese modo con las exigencias contempladas en el Código Penal 
  • Asegurar la efectividad de las normas y procedimientos de control a implementar para prevenir y, en su caso, reprobar la comisión de cualquier práctica ilícita en su seno 
  • Formalizar una política de tolerancia cero frente a cualquier actuación delictiva

Por ello, todas las personas que integran GRUPO CENCOSU deben cumplir estrictamente con lo establecido en la normativa, en el Código de Conducta, así como en el resto de políticas internas; y tienen la obligación de colaborar para prevenir y detectar posibles conductas irregulares o ilícitas que puedan tener lugar en la organización.

Para dar cumplimiento a este deber, GRUPO CENCOSU ha definido las siguientes herramientas y órganos de supervisión del SSCN:

CÓDIGO DE CONDUCTA

UNIDAD DE CUMPLIMIENTO NORMATIVO

CANAL ÉTICO

CÓDIGO DE CONDUCTA: GRUPO CENCOSU establece su SSCN con la finalidad de que todos los integrantes, colaboradores y miembros de los órganos de administración de la organización asuman los valores, principios y pautas de conducta que ésta define en su Código de Conducta Compliance y se instaure una cultura de respeto a las políticas corporativas y al cumplimiento de la normativa como responsabilidad individual ineludible de las personas relacionadas con la organización. Puede consultar el Código de Conducta en la intranet.

Para la remisión de dudas o consultas sobre el Código de Conducta las personas interesadas podrán ponerse en contacto con la Dirección de la Unidad de Cumplimiento Normativo a través del correo: compliance@spargc.es 

UNIDAD DE CUMPLIMIENTO NORMATIVO: La Unidad de Cumplimiento Normativo (UCN) es el órgano de cumplimiento colectivo de carácter interno y permanente que depende del Consejo de Administración y que posee competencias en el ámbito del Cumplimiento Normativo de GRUPO CENCOSU, conforme a lo dispuesto en Sistema de Supervisión y Control del Cumplimiento Normativo (SSCN) y el Reglamento de la UCN, para lo que tiene atribuidas amplias competencias, autonomía presupuestaria e independencia de actuación. 

La UCN tiene las siguientes competencias y funciones:

  • Promover una cultura preventiva basada en el principio de “tolerancia cero” hacia la comisión de delitos y actos ilícitos, fomentando la difusión, conocimiento y el cumplimiento del Código e impulsando las acciones de formación y comunicación apropiadas a las particularidades de cada área de negocio.
  • Velar por la aplicación del Código en las distintas áreas de la organización, impulsando la aprobación de las normas necesarias para su desarrollo y prevención de infracciones.
  • Interpretar el Código y resolver cualesquiera consultas o dudas que le planteen en relación con su contenido, aplicación o cumplimiento, recibidas a través de los buzones éticos.
  • Evaluar e informar sobre el grado de cumplimiento del Código de Conducta y el funcionamiento, la eficacia y el cumplimiento del SSCN para la prevención de delitos e infracciones.
  • Aquellas otras, de carácter singular o permanente, le atribuya el Código de Conducta o los Órganos de Administración de GRUPO CENCOSU a través del Reglamento de la UCN.

La Dirección de la UCN formada por la Dirección de la Organización y la Dirección de Administración y Finanzas que ejercerá directamente las competencias relativas a la interpretación última del Código de Conducta, evaluación de su grado de cumplimiento, la rendición de información y la aprobación de normas de desarrollo o aplicación del SSCN.

Para la remisión de dudas o consultas sobre el Sistema de Supervisión y Control del Cumplimiento Normativo (SSCN) las personas interesadas podrán ponerse en contacto con la Dirección de la Unidad de Cumplimiento Normativo a través de la dirección: compliance@spargc.es 

CANAL ÉTICO: 

Canal Ético de GRUPO CENCOSU (CENCOSU, CENVESU y CENSERVI) es una herramienta que permite comunicar, de manera confidencial, la presunta comisión de una conducta comprendida en su ámbito de aplicación: denuncias o irregularidades relativas a acciones u omisiones que puedan constituir infracciones conforme a lo establecido en la Directiva (UE) 2019/1937 y Ley 2/2023, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. 

Sirve para prevenir incumplimientos normativos y corregir los detectados. No es un buzón de solicitudes, quejas, sugerencias, etc, al margen del cumplimiento normativo. 

Para la remisión de dudas o consultas sobre el Código de Conducta puede ponerse en contacto con la Dirección de la Unidad de Cumplimiento Normativo a través del correo: compliance@spargc.es

GRUPO CENCOSU confía en un que este canal se utilizará siempre de buena fe. Además, prohíbe firmemente la represalia contra quien plantee o ayude a abordar una comunicación legítima. 

Así, la gestión de todas las denuncias remitidas a través del Canal Ético se regirá por los principios de confidencialidad, protección de datos de carácter personal, seguridad de la información, prohibición de represalias frente a denuncias de buena fe y presunción de inocencia del denunciado, conforme a lo establecido en la Política de Privacidad y Protocolo de Gestión del Canal Ético a los que puede consultar, así como acceder al canal ético a través del siguiente enlace o QR: https://spargrancanaria.canaldenunciasanonimas.com/home

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