BASES LEGALES: “Sorteo San Valentín SPAR Gran Canaria 2024” | SPAR Gran Canaria

BASES LEGALES: “Sorteo San Valentín SPAR Gran Canaria 2024”

1. Objeto del sorteo

CENCOSU, S.L. con domicilio social en C/ Josefina Mayor, 3, Urbanización Industrial El Goro, 35219 Telde. CIF B-35105055, convoca el presente sorteo, de carácter gratuito, para su cadena de supermercados en la isla de Gran Canaria, SPAR Gran Canaria, denominado “Sorteo San Valentín SPAR Gran Canaria 2024”

2. Participantes

Podrán participar en el sorteo todas las personas físicas que sean mayores de edad, residan en Gran Canaria y cumplan con los requisitos estipulados en las siguientes bases.

3. Premios

El premio consistirá en un lote de productos valorado en 23,23€: tarrina de fresas 300 gramos, orquídea, vino San Valentín Torres y bombones Caja Roja corazón Nestlé.

No están permitidas las devoluciones de los productos.

El premio es personal e intransferible.

4. Participación

El período para participar será desde 12 de febrero a las 10:00h hasta el 14 de febrero a las 23:59 h. del 2024 a través de las redes sociales de Facebook e Instagram.

Facebook

  • Comentar en la publicación el plan perfecto para San Valentín.
  • Mencionar a 1 persona.

Instagram

  • Seguir a @SPARGranCanaria
  • Comentar en la publicación el plan perfecto para San Valentín.
  • Mencionar a 1 persona.

No hay límite de participaciones.

El titular del sorteo se reserva el derecho de retirar cualquier publicación y/o comentario subido por los usuarios que no cumpla con estas bases.

Cualquier anomalía detectada, de forma fraudulenta, en cuanto a participación será motivo para eliminar al usuario participante de la promoción.

5. Selección de ganadores

La persona ganadora será elegida de manera aleatoria entre todos los participantes que cumplan las presentes bases a través de la plataforma EasyPromos. Easypromos es una plataforma que garantiza la transparencia del resultado del sorteo y como prueba de ello emite un certificado de validez para cada uno de sus sorteos, cuyo resultado es inalterable por el organizador del sorteo, y que cualquier usuario participante puede solicitar al organizador.

Por el mismo método, también se elegirán 5 suplentes.

En caso de que ninguno cumpla con estas condiciones, el/los premios podrán quedar desiertos.

6. Comunicación del ganador

El nombre de la persona ganadora se comunicará el 15 de febrero de 2024, en la misma página de Facebook e Instagram de SPAR Gran Canaria mediante una publicación en el muro y en la misma publicación del sorteo.

Posteriormente, se contactará con la persona ganadora por mensaje privado a través de la misma red social en la que participó para comprobar que cumplen con los requisitos estipulados en las bases legales del sorteo. La persona ganadora tendrá 48 horas para aceptar el premio y facilitarnos los datos personales solicitados.

En caso de no poder contactar con las personas ganadoras dentro del plazo establecido, su premio pasará a la primera persona de la lista de reserva.

La persona ganadora tendrá que facilitar a Cencosu S.L. los siguientes datos personales: nombre completo, DNI, correo electrónico y teléfono.

7. Entrega del premio

El premio debe ser recogido en las instalaciones de Cencosu, en calle Josefina Mayor 3, Urbanización industrial El Goro, en horario de 09:00 a 14:00 horas de lunes a viernes, debiendo presentar su DNI para acreditar su identidad antes del 16 de febrero de 2024.

8. Publicidad del ganador

Los premiados aceptan y autorizan a que su nombre y apellidos y premio obtenido pueda aparecer en la página oficial de Facebook, Instagram y Twitter, en la página web de SPAR Gran Canaria o en cualquier otro soporte comercial, publicitario o medio de comunicación que pueda utilizar SPAR Gran Canaria a fin de informar y hacer público el resultado del sorteo realizado.

9. Política de privacidad / Protección de datos

9. 1. Legislación aplicable: Esta Promoción se rige por la legislación vigente en España y por las presentes Bases Legales.

9. 2. Política de privacidad / Protección de datos personales: el tratamiento de los datos personales de los participantes y ganadores del presente Sorteo es obligatorio en los términos expuestos en las presentes Bases. De acuerdo con lo anterior, la mera participación en este Sorteo implica necesariamente la aceptación expresa por el interesado del tratamiento de sus datos personales de acuerdo con lo descrito en las presentes Bases.

Responsable del Tratamiento: Cencosu S.L., con CIF B-35105055 y domicilio social a estos efectos en Calle Josefina Mayor, nº 3. Urb. Industrial El Goro. 35219, Telde.

Datos de contacto del Delegado de Protección de Datos: puede dirigirse a dpd@spargc.es

Finalidad Tratamiento: sus datos personales son tratados con la finalidad de participar en el “Sorteo San Valentín SPAR Gran Canaria 2024y dar publicidad y promocionar la Marca SPAR Gran Canaria, y/ o los demás artículos de la misma, publicando el nombre y apellidos de las personas ganadoras de los premios en las redes sociales de SPAR Gran Canaria.

La Base jurídica por la que vamos a tratar sus datos es el Consentimiento expreso e inequívoco, para registrarse como usuario en la red social FACEBOOK e INSTAGRAM https://www.facebook.com/SPARGranCanaria/, https://www.instagram.com/spargrancanaria/, y participar en el Sorteo; para la publicación de sus datos personales de la lista de ganadores del sitio Web. Y el interés legítimo perseguido por el responsable del Tratamiento, Cencosu S.L.

Categoría de Datos: nombre, apellidos, DNI, NIE o Pasaporte y fecha de nacimiento.

Destinatarios de sus Datos: Los datos personales del que resulte “GANADOR/A”, se cederán a establecimientos del Grupo SPAR Gran Canaria, Socios y Franquiciados, para la entrega del premio, asimismo, se cederán a los medios de comunicación, redes sociales y web de SPAR Gran Canaria.

Transferencias Internacionales: los datos de los ganadores podrán publicarse en cualquier parte del mundo al ser publicado, difundido y retransmitido, a través de las redes de comunicación.

Duración del Tratamiento: Los datos personales de los participantes ganadores se conservarán en el sitio web y/o redes sociales de la Marca SPAR, de forma indefinida, salvo que Usted ejercite sus derechos de oposición y/o supresión, procediendo al bloqueo de los datos personales.

Derechos de los interesados: Usted podrá ejercita sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento y portabilidad de los datos en la dirección de correo electrónico: protecciondatos@spargc.es o bien, en la dirección postal Urb. Industrial El Goro, C/ Josefina Mayor, 3, 35219 Telde, adjuntando fotocopia por las dos caras de su DNI o documentación equivalente acreditativa.

Igualmente tiene derecho a revocar el consentimiento prestado en cualquier momento.

Derecho de oposición, así como a que se produzca la elaboración de perfiles, que podrá ejercitar en la dirección de correo electrónico protecciondatos@spargc.es., o ponerse en contacto con nuestra Delegada de Protección de Datos en dpd@spargc.es Podrá presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos en la calle Jorge Juan ,6 28001-Madrid (www.aepd.es)

Perfilado automatizado: los datos personales se utilizarán para realizar perfiles automatizados sobre las preferencias de consumo de los clientes a fin de poderle ofrecer mejores ofertas y productos.

Medidas de protección, el responsable del tratamiento adoptará medidas técnicas y organizativas para proteger los datos personales de los participantes y la confidencialidad de la información.

10. Derechos de imagen y propiedad intelectual

Respecto a los derechos de imagen de los participantes y a la posible realización por los participantes de alguna creación susceptible de generar derechos de propiedad intelectual, los participantes en el Sorteo, al participar, automáticamente ceden los derechos de propiedad intelectual, así como los derechos de imagen que se deriven a CENCOSU S.L en los términos que a continuación se indican.

Derechos de imagen. De conformidad con la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, intimidad personal y familiar y a la propia imagen, los ganadores ceden a CENCOSU S.L los derechos sobre su imagen que se deriven de su participación en la Promoción a través de cualquier medio de reproducción tanto electrónico (Internet, cd y otros análogos) como convencional (papel, fotografías y otros análogos), en cualquier medio o sistema técnico o tecnológico existente en la actualidad. CENCOSU S.L podrá publicar la imagen y el nombre de las personas que hayan resultado ganadoras del Sorteo a través del medio de comunicación que CENCOSU S.L., sin carácter limitativo- considere. A tales efectos, los ganadores al aceptar el premio autorizan automáticamente a CENCOSU S.L para publicar sus datos personales incluida la imagen con la finalidad de dar a conocer a los restantes participantes y público en general quiénes han sido las personas ganadoras.

El uso y publicación de las imágenes y datos de los interesados en su condición de ganadores según lo expuesto en las presentes bases, no generan ni otorga reembolso, pago de tarifa ni derechos económicos de ningún tipo para el participante y/o ganador. Alcance del contenido del tratamiento de los datos personales del interesado. Lo establecido en las presentes Bases en relación con el contenido del tratamiento de datos personales de los participantes y ganadores, es complementario y no excluyente de cualesquiera otros textos legales informativos comunicados previamente a los citados interesados a través de cupones, formularios de registro, políticas de privacidad y otros documentos.

11. Derecho de eliminación participaciones fraudulentas

CENCOSU S.L se reserva el derecho de eliminar justificadamente a cualquier usuario que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario del presente sorteo.

12. Aceptación de las presentes bases

La participación en la presente promoción supone la aceptación íntegra de las presentes bases y la sumisión expresa de las decisiones interpretativas que de las mismas efectúe CENCOSU. En caso de divergencia entre los participantes en el Sorteo y la interpretación de las presentes bases por CENCOSU, serán competentes para conocer de los litigios que puedan plantearse los Juzgados y Tribunales del domicilio del consumidor.

Febrero 2024